PROPIEDAD INTELECTUAL

 

Nuestra Firma es consciente del gran valor e importancia que tienen los derechos de propiedad intelectual y es por ello que ofrecemos asesoría completa sobre la protección y defensa de sus derechos, tanto en el área administrativa como judicial (civil y penal).

Patentes 

Panamá es miembro de la Convención de París y de PTC por lo que las disposiciones de estos Convenios son aplicables en nuestro país y para obtener una patente se exige que la invención tenga novedad universal, aplicación industrial y actividad inventiva. La protección es por 20 años.

Nuestra firma de abogados es parte del Grupo Jurídico Centroamericano, grupo conformado por prestigiosas firmas de abogados, lo que nos permite ofrecer el servicio de solicitudes de  patentes en Centroamérica  y México.

Marcas 

Panamá es miembro del Convenio de París para la protección de las marcas, por lo que las disposiciones de este Convenio son aplicables en nuestro país. Se utiliza el Sistema Internacional de Clasificación de Marcas (Arreglo de Niza).

Para obtener el registro de marcas, se requiere otorgar poder a un abogado y la información relacionada con la marca que se desea registrar (productos o servicios que ampara la marca, si la marca presenta diseño o no, datos del titular de la marca). No se requiere probar el uso de la marca u otra exigencia similar.

El tiempo promedio para el registro de una marca es de 6 meses y la protección es por 10 años, renovables por períodos iguales.

Antes de iniciar el proceso de registro de una marca, recomendamos a nuestros clientes que nos autoricen a solicitar una búsqueda de antecedente de marca, con la finalidad de determinar si existen marcas iguales o parecidas a grado de confusión que impidan el registro de la marca que se pretende registrar.

Somos exponentes en acciones antipiratería, asistimos y representamos a nuestros clientes ante los tribunales panameños en litigios, en los que existen conflictos respecto a derechos de Propiedad Intelectual.

Modelos y Dibujos Industriales

La regulación de la República de Panamá protege los diseños industriales en sus distintos tipos, bidimensional o tridimensional. 

Para obtener un registro de diseño industrial se exige que tenga novedad, esté incorporado en un producto utilitario, le dé una apariencia especial y lo haga apto para servir como modelo para su fabricación.  

La protección es por 10 años y podrá ser prorrogado por un período de 5 años adicionales. Sin embargo, los modelos y dibujos Industriales tienen una protección automática de dos años a partir de su creación.   

El titular de un modelo o dibujo industrial gozará de los siguientes derechos: 

  • Fabricar y producir artículos que incorporen el diseño industrial
  • Comercializar esos artículos.
  • Usar esos artículos
  • Importar esos artículos para su comercialización.

Modelo de Utilidad

Panamá es miembro de la Convención de París, por lo que las disposiciones de este Convenio son aplicables en nuestro país.

Para obtener un modelo de utilidad se exige que la invención tenga novedad universal y aplicación industrial. La protección es por 10 años y se le aplican las disposiciones para el trámite de patentes de invención. Por ser miembro del Convenio, se reconoce la fecha de prioridad establecida en el mismo.

Variedades Vegetales

En 1997 se dictó una ley en nuestro país que estableció la protección de las variedades vegetales, este sistema está basado en el Acta del Convenio UPOV de 1978.   

El objetivo de la Ley es proteger el derecho del obtentor, que consiste en garantizar a una persona durante 20 a 25 años la exclusividad sobre el material de reproducción o multiplicación de la variedad protegida (semillas, frutas, plantas o parte de ellas)   

La variedad que se desea proteger debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Que sea distinta
  • Que sea homogénea
  • Que sea estable
  • Que sea nueva.

El procedimiento de registro no es complejo, sólo se requiere la identificación del taxón botánico, la denominación propuesta, la descripción técnica de la variedad y el pago de los derechos y a su vez que la solicitud cumpla con los requisitos arriba señalados.

Nombres de Dominio

Asistimos a nuestros clientes en todo lo relacionado al registro de nombres de dominio, así como en trámites de traspasos y cesiones de los mismos. Igualmente, en resolución de conflictos derivados de la usurpación de una marca por un nombre de dominio o viceversa.

Es importante el registro de los nombres de dominio y en el caso particular de las sociedades ya que les permite proteger sus razones sociales,  marcas de productos y/o servicios, nombres de patentes, nombres de asociaciones, nombres de productos y nombres de eventos. Las violaciones o infracciones a un nombre de dominio son tratados como piratería, imitaciones o competencia desleal.

Derecho de Autor

Nuestro país ha suscrito convenios como el de Berna, Roma y Bruselas.  

Nuestra ley de Derecho de Autor protege las obras originarias, como son: obras literarias, musicales, teatrales, audiovisuales, programas de ordenadores (software) y artísticas (arquitectura, escritura, dibujo, pintura, fotografía y artes aplicadas). Igualmente, se protegen las obras derivadas como: adaptaciones, traducciones, compilaciones y bases de datos, antologías, anotaciones y comentarios, actualizaciones, resúmenes, extractos, parodias, arreglos y orquestaciones.   

La protección de los Derechos de Autor surge con la creación de la obra y en términos generales, la protección de los derechos patrimoniales se hace efectiva durante la vida del autor y 70 años después de su muerte.   

En los casos de los programas de ordenadores, obras audiovisuales y colectivas, la protección es de 70 años a partir de su primera publicación, o en su defecto, al de su terminación. Igualmente, se contempla la posibilidad de registrar las obras protegidas y los contratos relacionados con estas.   

La regulación autoral panameña reconoce los derechos morales (divulgación, paternidad, integridad, acceso y retiro de la obra de comercio), al igual que los derechos patrimoniales (modificación, comunicación pública, reproducción y distribución).